Para todas las personas ya sean naturales o jurídicas, las donaciones que efectué a la fundación serán certificadas para efectos legales y de acuerdo a lo establecido por la ley son deducibles de su renta, porque la fundación cumple con los requisitos legales establecidos así:
- LA FUNDACION SOCIAL SALUD Y VIDA, con Nit. 900.172.701-7 inscrita ante la Cámara de Comercio de Neiva, el 30 de Agosto del año 2.007, de acuerdo a lo estipulado por la ley..
- La institución no persigue fines de lucro y está sometida en su funcionamiento a la vigilancia del Gobierno Nacional.
- Que de acuerdo al artículo 125 del Estatuto Tributario, LAS FUNDACION SOCIAL SALUD Y VIDA, reúne todos los requisitos como Entidad Donataria para efectos de los descuentos tributarios autorizados.
- Todos los ingresos de la FUNDACION SOCIAL SALUD Y VIDA, son aplicados en el desarrollo de los fines propios antes mencionados dentro del territorio nacional.
¿POR QUÉ HACERLO?
- Porque como lo dice el señor Jesús “Hay más dicha en dar que en recibir” (Hch 20.35).
- .Porque no todas las personas cuentan con seres humanos o entidades que los apoyen y atiendan hasta el final de sus días.
- Porque podemos tener algún familiar, amigo o conocido al que queremos ayudar y no sabemos cómo hacerlo.
- Porque existe un mañana, y seguramente nosotros mismos necesitamos contar con el apoyo que necesitemos.
- Porque simplemente soy un ser generoso, caritativo y solidario, que quiero ayudar a los demás, y eso me llena de satisfacción.
- Porque quiero tener los beneficios tributarios de ley, que recibo por las donaciones que hago